Lo que hay que saber sobre la Ley Sobre Tenencia Responsable

El miércoles 19 de julio del 2017 se promulgó la Ley Nº 21.020 Sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, también conocida como Ley Cholito, en conmemoración al perro del mismo nombre que fue brutalmente asesinado en una galería comercial de Recoleta en el mes de enero.

De acuerdo a su artículo 1º, esta normativa tiene los siguientes objetivos:

  • Determinar las obligaciones y derechos de los responsables de animales de compañía.
  • Proteger la salud y el bienestar animal mediante la tenencia responsable.
  • Proteger la salud pública, la seguridad de las personas, el medio ambiente y las áreas naturales protegidas, aplicando medidas para el control de la población de mascotas o animales de compañía.
  • Regular la responsabilidad por los daños a las personas y a la propiedad que sean consecuencia de la acción de mascotas o animales de compañía.

Entendiendo tenencia responsable como “el conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía”, se sostiene que estos propósitos se materializarán a través de un reglamento que “establecerá la forma y condiciones en que se aplicarán las normas sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía” (artículo 4º) que será dictado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y suscrito por el Ministerio de Salud.

El reglamento debe establecer: los requisitos de las campañas de educación en tenencia responsable de animales para toda la comunidad, las condiciones para el desarrollo de programas para prevenir el abandono de animales e incentivar la reubicación y cuidado responsable de estos, las condiciones para el desarrollo de programas de esterilización masiva y obligatoria de animales, un sistema de registro e identificación de animales y sistemas para desincentivar la crianza y reproducción indiscriminada de animales.

Por esto, el reglamento de la Ley Nº 21.020 se encuentra actualmente en el proceso de Consulta Pública a través de internet:

  1. La primera consulta pública la realiza la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE) del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y se refiere a la forma en que se aplicarán las normas sobre tenencia responsable y la calificación de especímenes caninos potencialmente peligrosos. Puedes revisar la propuesta de reglamento en ESTE LINK, la que estará disponible entre el 30 de noviembre y el 19 de diciembre, para que envíes tus comentarios al siguiente correo electrónico: tenenciaresponsable@subdere.gov.cl
  2. La segunda consulta es respecto a la propuesta del Ministerio de Salud, la que aborda las condiciones de higiene y seguridad de los animales, y puedes descargarla junto al formulario de observaciones en ESTE LINK, que debe mandarse al mail reglamentomascotas@minsal.cl

Aunque el plazo para responder era originalmente hasta el viernes 15 de diciembre, se extendió hasta el martes 19.

Este último documento causó gran revuelo porque establecía dos artículos que prohibían alimentar, dar agua o instalar refugios para animales en la vía pública y que cada mascota o animal de compañía no podría vivir en un área inferior a 100 metros cuadrados. Es decir, de aprobarse así el reglamento, habría sido ilegal ayudar a aquellos animales abandonados o comunitarios y se consideraba el espacio como el único criterio para definir el bienestar de un animal, sin tener en cuenta que la mayoría de los chilenos que viven con animales no tienen necesariamente casas de más de 100 metros cuadrados, ni sus condiciones de vida y el lazo de cariño entre que existe entre los animales y humanos que comparten un hogar.

Pese a que estos artículos se eliminaron, aún quedan temáticas controversiales, como el artículo 11 sobre casos de zoonosis, respecto lo que se deben precisar cuáles son las medidas que la autoridad puede disponer, por ejemplo, si se incluye la eutanasia.

Más aún, como los animales aún son considerados bienes muebles por la legislación nacional, el limitar la cantidad que se pueden tener, iría contra el derecho a la propiedad. Esto reafirma que para proteger verdadera y efectivamente a los animales es fundamental modificar la norma de mayor jerarquía: la Constitución de la República.

Al final, en este caso el remedio es peor que la enfermedad: a simple vista se observa poca rigurosidad al legislar, aunque finalmente estos artículos fueron eliminados de la propuesta del Ministerio de Salud, cabe preguntarse si estás normativas que se perciben como alejadas de la realidad, benefician realmente a los animales. Porque los animales #NoSonMuebles, la participación de cada uno de nosotros es fundamental… ¡Sólo quedan 8 días para participar!