¿Cuáles son los artículos animalistas en la Propuesta de la Nueva Constitución de Chile? 🇨🇱🐾

Existen tres artículos que contemplan a los Animales No Humanos para la Nueva Constitución de Chile, los que buscan su reconocimiento y protección. Se trata de una iniciativa que la Fundación Vegetarianos Hoy comenzó a promover en el año 2015.


En Chile, el próximo domingo 4 de septiembre se realizará el plebiscito de salida para definir si el país contará con una nueva Constitución o si continuará con la actual, creada en 1980. Esta Propuesta, entre sus 388 artículos, cuenta con tres que consideran la incorporación de los Animales No Humanos (ANH).

Fundación Vegetarianos Hoy ha tenido una importante labor en la incorporación de dichos artículos, considerando que lleva más de siete años trabajando a través de la campaña #NoSonMuebles, buscando que se reconozca la sintiencia de los animales en la base legal más importante del país.

A continuación, los artículos que están en la Propuesta de Nueva Constitución:

Artículo 98: El reconocimiento de la sintiencia de los animales utilizados en la experimentación.

“Las ciencias y tecnologías, sus aplicaciones y procesos investigativos deben desarrollarse según los principios bioéticos de solidaridad, cooperación, responsabilidad y con pleno respeto a la dignidad humana, la sintiencia de los animales, los derechos de la naturaleza y los demás derechos establecidos en esta Constitución y en tratados internacionales de derechos humanos y vigentes en Chile”. 

Este artículo puede incidir en el reemplazo de modelos animales en la experimentación y generar avances en leyes específicas.

Artículo 130: La protección de la fauna nativa y sus hábitats.

“El estado protege la biodiversidad, debiendo preservar, conservar y restaurar el hábitat de las especies nativas silvestres, en tal cantidad y distribución que sostenga adecuadamente la viabilidad de sus poblaciones y asegure las condiciones para su supervivencia y no extinción”.

Este artículo puede significar la creación de norma específica y actualizada para la protección y bienestar de nuestra fauna nativa.

Artículo 131: El reconocimiento de los animales como seres sintientes y sujetos especiales de protección.

“1.- Los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato.

2.- El Estado y sus organismos promoverán una educación basada en la empatía y en el respeto hacia los animales”. 

Es el artículo más importante y que puede significar avances en la protección y bienestar de todos los animales.

Si bien, leer y estudiar la Propuesta completa puede ser difícil, existe el portal  www.laconstitucionesnuestra.cl donde se puede revisar los análisis que han hecho expertos de todas las materias, entre ellos, miembros del área legal de Fundación Vegetarianos Hoy, quienes redactaron reseñas sobre cada uno de los artículos animalistas.

Países que ya cuentan con una Constitución o legislación “Animalista”

La propuesta de incorporar a los animales en una Constitución no es algo nuevo, ya que muchos países de diferentes continentes han realizado modificaciones en su Carta Magna.

Un ejemplo de ello, son los países o estados de la Unión Europea, que en 2017 adoptó el término “seres sintientes” en el Artículo 13 del Tratado de Lisboa, con lo cual cada uno de los miembros deben desarrollar sus propias leyes.

Además, Alemania en 2002, Suiza, Luxemburgo y Eslovenia en 2003, India y Egipto en 2014 y Brasil en 1988 han modificado sus Constituciones a favor de los animales.

Austria realizó cambios en su Ley Federal Constitucional en 2013. En Latinoamérica, además de Brasil, también han dado pasos para proteger a los animales en sus respectivas legislaciones Ecuador, Bolivia y Costa Rica.